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Cómo acceder legalmente al «e-mail» de los empleados en caso de delito

La Sala de lo Penal del Tribunal Supremo ha fijado los requisitos que debe cumplir una empresa para investigar legalmente el correo electrónico de sus empleados y que dicha información sea considerada una prueba válida en el enjuiciamiento de un delito. Así, según una reciente sentencia, la compañía debe haber informado previamente al trabajador de que una medida así puede producirse y, además, debe haberle advertido de que el uso del ordenador está limitado a fines profesionales. En caso contrario, se entenderá que se está ante una intrusión que atenta contra la intimidad del mismo.

Hasta la fecha existían pronunciamientos que clarificaban este extremo en las investigaciones que afectaban al ámbito laboral. Pero, tal y como afirmó el alto tribunal en una sentencia de 2014, los criterios de la jurisdicción social «en modo alguno procede que se extiendan al enjuiciamiento penal». Era necesario, por tanto, fijar el marco para que las indagaciones fueran válidas también si, fruto de las mismas, se descubriera la comisión de un delito por parte del trabajador, especialmente cuando uno de los requisitos de los programas de compliance penal es que la empresa realice una investigación interna si tiene indicios de ilegalidades en su seno.

Concretamente, el caso examinado era el del gerente de una empresa condenado por la Audiencia Provincial de Vizcaya a cinco años de prisión por un delito de apropiación indebida. Según consta en los hechos probados, el condenado fue despedido (cese considerado procedente por la jurisdicción social) porque, «bien mediante intervención activa, bien mediante una tolerancia omisiva», realizó una serie de compraventas en perjuicio de su propia compañía que, en cambio, le reportaron un beneficio personal o a otras sociedades con las que tenía vínculos.

Aprovechando que estaba de viaje al extranjero, la empresa accedió a su ordenador personal y, a través de un sistema de palabras clave y búsqueda selectiva, extrajo de su e-mail una serie de comunicaciones que confirmaban sus sospechas, actuación de la que se valió luego el condenado para alegar que se había vulnerado su derecho a la intimidad en su recurso de casación ante el Tribunal Supremo.

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