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Indemnización por finalización de contrato para obra o servicio determinado

Tras la reciente sentencia del TJUE (Tribunal de Justicia de la Unión Europea), los Tribunales españoles (por ejemplo TSJ Madrid) están empezando a reconocer, en determinados, a los trabajadores temporales que finalizan su contrato una indemnización igual a la de los trabajadores fijos. Se trata de casos aislados de recursos judiciales que estaban ya en marcha anteriormente. Sin embargo, el Gobierno y los Sindicatos reconocen que la sentencia europea tendrá que tener necesariamente efectos sobre el régimen legal de las indemnizaciones de los trabajadores temporales en España, y por ello se ha nombrado un grupo de expertos que analizará esta cuestión durante el próximo mes.

En una recientísima sentencia de 18 de octubre de 2016, el Tribunal Superior de Justicia del País Vasco establece que a la finalización del contrato de obra o servicio determinado suscrito con una empresa privada para la realización de funciones de conserjería, vigilancia y limpieza en una determinada comunidad de propietarios le es de aplicación la reciente jurisprudencia comunitaria que reconoce el derecho de los trabajadores con contratos de duración determinada a recibir, a la terminación del mismo, una indemnización de 20 días por año trabajado, al entender que la causa de la extinción es análoga a las del despido objetivo

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