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Modelo 115 ¿Cuándo hay que presentarlo?

La declaración trimestral de retenciones por alquileres – Modelo 115: retenciones e ingresos a cuenta por subarrendamientos o arrendamientos urbanos- debe ser presentada por profesionales, empresas individuales o sociedades que paguen alquileres de oficinas o locales comerciales, siempre que se realice por concepto de arrendamientos urbanos.

Por el contrario, No deberá presentarse dicha declaración:

1- Cuando se trate de alquileres que paguen las empresas a sus trabajadores, siempre que sea para uso exclusivo como vivienda.

2- Arrendamientos que no sobrepasen la cuantía de 900 € anuales pagados al mismo arrendador.

3- En los supuestos de locales cuyo arrendador acredite mediante certificado de Hacienda estar exento del pago y de la obligación de retener dichas cantidades por devengar impuestos por actividad económica, siempre que exista una cuota de impuestos > 0€.

4- En los casos de arrendamientos financieros (leasing).

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