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DEVOLUCIÓN DE COTIZACIONES EFECTUADAS DURANTE 2022 POR RAZÓN DE PLURIACTIVIDAD

Les recordamos que los trabajadores autónomos que, como consecuencia de su trabajo por cuenta ajena desarrollado simultáneamente hayan cotizado en 2021 en régimen de pluriactividad, teniendo en cuenta tanto las cotizaciones efectuadas en el RETA como las aportaciones empresariales y las correspondientes al régimen de Seguridad Social que corresponda por su actividad por cuenta ajena, por cuantía igual o superior a 13.822,06 €, tienen derecho a una devolución del 50% del exceso de sus cotizaciones por contingencias comunes que supere la mencionada cuantía, con el tope del 50% de las cuotas ingresadas en el RETA.
 
La devolución deberá efectuarse de oficio por la TGSS antes del 1 de mayo de 2022, salvo cuando concurran especialidades en la cotización que impidan efectuarlo en ese plazo o resulte necesaria la aportación de datos por parte del interesado, en cuyo caso el reintegro se realizará con posterioridad a esa fecha.

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