El empresario puede retractarse del despido antes de la fecha de extinción indicada en la carta

En la medida en que uno de los efectos de la declaración de improcedencia del despido es la posibilidad de que el empresario opte por la readmisión del trabajador en pro del mantenimiento de la relación de trabajo, el Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valencia, en su sentencia de día 18 de septiembre de 2018, reitera que la retractación por parte del empresario de su decisión extintiva mientras el vínculo sigue vivo, esto es, durante el tiempo de preaviso, resulta ajustada a derecho.

La retractación del despido realizada por la empresa con anterioridad a la efectividad del despido es válida y surte efectos frente al trabajador aunque, como en el caso, éste recibiera la transferencia de la indemnización antes de la fecha de efectos del despido, porque siguió prestando servicios hasta la fecha final y si dejó de acudir a la empresa fue por voluntad propia, toda vez que el empresario le había comunicado la retractación.

En el caso enjuiciado, el juego de fechas lleva a la Sala a confirmar la condena impuesta en la instancia al trabajador a devolver lo recibido en concepto de indemnización por despido porque éste no llegó a tener lugar por efecto de la retractación comunicada por el empresario.

Apunta la sentencia que el preaviso es simplemente el anuncio previo de que próximamente se va a rescindir el contrato, pero es solo eso, una advertencia que se hace por exigencia de la ley para prevenir. Con el preaviso no se extingue el contrato; sigue vivo hasta que llega la fecha prevista para su efectividad y por ello, es por lo que en el período que media entre el preaviso y la fecha efectiva del despido, el empresario puede arrepentirse de su decisión, retractándose, y el empleado está obligado a aceptarlo.

Además, y como efecto de lo anterior, si una vez comunicada la retractación el trabajador no retorna a su puesto de trabajo, resulta procedente su despido disciplinario con efectos desde el mismo día en que no acude al trabajo sin motivo justificado, por ser ésta una falta muy grave.

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