La compra de máquinas que mejoran la productividad no justifica por sí misma el despido

Así lo determina el la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de Madrid en su sentencia de fecha 7 de octubre de 2019, en la que califica de improcedente el cese de un trabajador después de que la empresa, dedicada a la impresión de libros, revistas y otros artículos, sustituyera alguna de sus máquinas rotativas por dos modelos mucho más avanzados. Según recoge el fallo, ello supuso un incremento del rendimiento de la sección, lo que llevó al cese del demandante y sus ocho compañeros de departamento.

El TSJ respalda el criterio seguido en primera instancia y considera que la decisión ni es razonable ni cumple con el requisito de proporcionalidad, puesto que la Dirección debió haber presentado pruebas que justificaran el despido más allá de la simple mejora de la productividad.

Aunque efectivamente la empresa hubiera registrado un incremento de la eficiencia, los magistrados censuran que ésta “no haya aportado dato alguno que justifique la necesidad de reducir la mano de obra para, por ejemplo, accionar las máquinas”. En este sentido, aventuran, incluso, que el aumento del volumen de la producción “podría llevar a necesitar más personal».

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