Según comunicado recibido de la Tesorería General de la Seguridad Social, debido a la reciente aprobación de la Ley 3/2017 de 27 de junio, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2017 en la que se ha modificado la base mínima para aquellos trabajadores incluidos en el Régimen Especial de trabajadores Autónomos, entrando en vigor a partir de este mes de JULIO, solicitan:
Que todos aquellos trabajadores autónomos con BASE MÍNIMA que NO tengan DOMICILIACIÓN y se les haya entregado con anterioridad los boletines del año en curso, deberán de acudir antes de que acabe este mes de JULIO a la Administración correspondiente, SIN CITA PREVIA, para solicitar el boletín del mes actualizado.
También solicitan que que procedan a entregar en la Administración los boletines antiguos al solicitar el nuevo para evitar posibles errores en un futuro.
Por último, aquellos trabajadores Autónomos con BASE MÍNIMA y SIN DOMICILIACIÓN que ya hayan pagado este mes con un boletín erróneo deberán acudir a su Administración por Unidad de Gestión para regularizar la situación.