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Calificado como accidente laboral el sucedido al acompañar en coche a sus compañeros a casa.

El Tribunal Supremo ha analizado la muerte de un trabajador que sufrió un accidente mortal de tráfico tras dejar a sus dos compañeros, con los que compartía coche, en su domicilio considerando que “Los hechos probados acreditan que la finalidad principal del viaje durante el cual fallece tiene claro tinte laboral. Aunque podría haber regresado a su domicilio de manera directa, el desvío que hace es para dejar en sus respectivos domicilios a dos compañeros de trabajo”.

Igualmente, para el Alto Tribunal, “el hecho de que el trabajador empleara algo de tiempo en una despedida o charla con comentarios con los compañeros […] no rompe la conexión laboral”; y no desvirtúa que el fatal accidente ocurrió en la continuación del desplazamiento hacia su casa, por lo que ha de calificarse como in itinere.

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