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Condenada una empresa por no proteger de acoso sexual a una empleada

«Te quiero y me da verguenza decírtelo», fue uno de los mensajes enviados a la víctima por su jefe


La compañía trasladó a la trabajadora humillada y dejó en su puesto al responsable de almacén


«Quiere usted, mi amor, descansar y ser feliz con sus amigas y su chico. No se preocupe soy como un ángel de la guarda para usted, pero en demonio. No se escapará de mí, ni lo intente». «Qué guapa es mi niña, oleeé». «Te quiero y me da vergüenza decírtelo, la mirada es todo un símbolo». Estos son algunos de los mensajes que Julio M. R., el jefe de almacén de la multinacional Magnetti Marelli España, de recambios para automóviles, remitió a una empleada que estaba bajo sus órdenes. Un juzgado ha condenado a la empresa y al cargo a pagar solidariamente 50.000 euros a la trabajadora Raquel P. por haber sufrido acoso sexual durante un año y medio.

La titular del Juzgado de lo Social número 1 de Sabadell, Lucía de la Fuente, ha admitido la demanda presentada por Raquel P., representada por la abogada María Ángeles Aguilar, del despacho Bufet Layret Pascual. La magistrada estima que se han vulnerado los derechos fundamentales de la trabajadora por haber padecido acoso sexual. No solo condena a la empresa a pagar por daños y perjuicios, sino que también ordena el «cese inmediato» de esa actitud. La compañía ha presentado recurso.

La sentencia señala que la empresa «incumplió» su deber de protección y que el protocolo para casos de acoso sexual que tiene «se limita a recoger medidas previas a una posible queja o denuncia» y a hacer una «genérica» declaración de intenciones. La resolución agrega que la firma tuvo conocimiento de la situación por la que pasaba la empleada y no hizo nada hasta meses después, cuando la trasladó de despacho y de puesto de trabajo, «lo que supone un perjuicio para su dignidad profesional y viene perpetuando el hostigamiento que venía sufriendo». En cambio, se mantuvo en su lugar al jefe demandado por el acoso.

Sin información

La empresa, según detalla la resolución, tampoco «informó debidamente a la afectada de qué pasos debía tomar para activar el protocolo y poner fin a la situación». En este mismo sentido, la jueza destaca que Magnetti no ha aportado al proceso un plan que «permita examinar las medidas preventivas que imperan en la empresa frente a riesgos psicosociales» como el acoso sexual, «por lo que debe considerarse que las mismas no existen».

A pesar de que la empresa alegó que el jefe de almacen tiene bajo su cargo a 50 personas sin que antes hubiera quejas sobre él, llevando 48 años en la fábrica, la jueza considera que Julio M. R. inició en abril del 2015 «una conducta reiterada e insistente de insinuaciones y comentarios sexuales o por razón de sexo» hacia Raquel P.

Las llamadas y mensajes continuos fuera de la jornada laboral del jefe de almacén hacia su subordinada «crearon un ambiente laboral hostil y desagradable para la víctima» que, por decisión del propio demandado, fue ubicada meses después de empezar a trabajar en la fábrica «dentro del despacho del acosador», promoviendo así «un acercamiento físico y un ambiente proclive a seguir persistiendo en su conducta fuera de miradas indiscretas».

Al entender de la jueza, el objetivo del «hostigamiento» del jefe de almacén era tener una «relación sexual o sentimental» con la empleada y, tras el rechazo de esta y la eventual denuncia que por tales hechos podía realizar, decide situar la mesa de trabajo de Raquel fuera del despacho y darle órdenes a través de una tercera persona. De esta manera, transforma sus «actos de hostigamiento» para conseguir «el perjuicio moral» de la mujer, creando un ambiente «hostil y humillante» para quien «ya venía sufriendo un innegable acoso de tipo sexual».

«Estaba obsesionado. Me enviaba vídeos porno»

Raquel P., que tiene ahora 40 años,  todavía está de baja laboral. No se ha podido reincorporar a su trabajo. Ansiedad, depresión, malestar general es lo que le produjo el acoso sexual que padeció por parte de su jefe. «Me sentí muy mal. Estaba obsesionado. Me enviaba, incluso, vídeos pornográficos», recuerda. Y, según ella, no solo fueron mensajes, sino que en una ocasión la besó en la boca y otras le tocaba la pierna o la abrazaba. Era la única mujer del almacén, pero eso no daba lugar a los que estaba sufriendo. «No lo entiendo, su mujer trabaja en la empresa, pero en otro departamento», asegura. Según su versión, después de acosarla, Julio M. se arrepentía. «Cuando me dio el beso se puso de rodillas. Empezó a llorar y a pedirme perdón». Su abogada presentó la demanda por la vulneración de diferentes derechos fundamentales, como el de la dignidad, igualdad, la integridad física y moral, al honor, a la intimidad y a la propia imagen. La letrada considera también que se ha vulnerado el Estatuto de los Trabajadores.

Fuente: elPeriódico

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