Sandra Cid, auditora sociolaboral, es socia de Lógica Auditores y acaba de terminar un informe sobre la brecha salarial con las nóminas reales de 2.400 personas. Hoy lo presenta en una jornada de Executivas en Círculo de Empresarios.
¿Qué les lleva a hacer este informe?
Somos auditores sociolaborales y realizamos auditorías en las empresas con perspectiva de género. Hay 14 áreas que podemos analizar y una de ellas es la política salarial. En este estudio analizamos las nóminas reales.
Y el dato real es que existe la brecha salarial.
Existe la brecha salarial. Por los datos del INE es del 23% y en datos reales, comparando trabajador y trabajadora con la misma categoría, funciones y estudios, ellas cobran un 13% menos que los hombres. Es lo que denominamos discriminación por razón de género y esto está sancionado por Inspección de Trabajo porque las empresas tienen que cumplir con la Ley Orgánica de Igualdad y no lo están haciendo. Desde que tienes dos trabajadores y puede haber discriminación tienes que cumplir con la Ley de Igualdad.
A la brecha económica se suma la social.
Cuando se comparan salarios hay que tener en cuenta el factor social, porque está comprobado que las mujeres son las que tienen más reducciones de jornada y eso las limita a la hora de promocionar en la empresa, cobrar incentivos y variables o en traslados. Afecta el factor social a lo que cobran por eso la diferencia es de un 23% entre salarios de las mujeres y los hombres. La realidad no es otra que discriminación.
¿Y qué dice la empresa cuando se le pone sobre la mesa que está pagando diferente por igual trabajo?
Nos sorprende que no se dan cuenta. Una vez que le enseñamos los datos al empresario nos dice ¿pero esto es mío? Les damos unas pautas para hacerlo porque no significa que cumples con la igualdad porque tengas igual número de hombres que de mujeres. Por ejemplo no puedes tener a todos los hombres indefinidos y a todas las mujeres eventuales. Una vez que ven que lo tienen mal piden los mecanismos para rectificar. Hemos encontrado casos de empresas que no se daban cuenta que le daban a las mujeres un tipo de coche y a los hombres otro, el coche tiene un valor y es retribución. Si no hay algo objetivo de por qué paga a un trabajador un salario y a una trabajadora otro es discriminación y es sancionable y dependerá del inspector que lo considere falta grave o muy grave.
¿Cuál es la diferencia?
El tiempo que lleve esa situación, las personas afectadas, los importes o si hay reiteración en la infracción.
¿Las pymes llaman para hacer estas auditorías?
Las pymes no. Las grandes empresas nos llaman porque están obligadas a hacer un plan de igualdad y primero tienen que hacer un diagnóstico.
Fuente: Ana Fuentes. Atlántico