El Tribunal Superior de Justicia de Asturias, en su sentencia de 3 de octubre de 2017, declara la procedencia del despido disciplinario por incumplimientos reiterados conocidos por la empresa como consecuencia de la información controlada y emitida por el GPS de la tablet del trabajador. En cuanto que la empresa había comunicado a los trabajadores la implementación de las medidas de control y vigilancia para verificar el cumplimiento de la jornada (incluyendo el GPS), el Tribunal admite la información recabada para acreditar los incumplimientos del trabajador por entender que ello no vulnera su derecho a la intimidad.