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No exención en IRPF de la indemnización por cese del alto directivo

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Siguiendo la jurisprudencia consolidada de la sala contencioso-administrativo del Tribunal Supremo, en su resolución de 16 de enero de 2018 el TEAC mantiene que, dado su carácter pactado, la indemnización por cese de un alto directivo no está exenta de tributación por IRPF, separándose de ese modo abiertamente del criterio mantenido por la sala de lo contencioso-administrativo de la Audiencia Nacional que, por el contrario, ha venido reconociendo la exención de la indemnización de 7 días por año trabajado, con el tope de 6 mensualidades, al considerar que viene exigida por la normativa laboral aplicable.

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