Reducción de jornada por guarda legal. ¿Se puede acumular en días concretos?

​Corresponde al trabajador concretar la reducción de jornada por guarda legal de un menor de 12 años dentro de su jornada ordinaria, sin que sea posible sustituir una jornada semanal de lunes a domingo por otra de lunes a viernes.
Excepcionalmente, cuando entre en colisión el derecho del trabajador a la conciliación con el derecho de dirección y organización empresarial se debe acudir a las circunstancias concurrentes en cada caso conforme a la buena fe para atribuir la facultad a uno u otro.

Fuente: ADN Social

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