Requisitos para compatibilizar la pensión de jubilación y el trabajo.

La sentencia del Tribunal Supremo de 30 de mayo de 2017 resuelve cuáles son los requisitos para tener derecho a la llamada jubilación activa que permite compatibilizar la pensión de jubilación con el trabajo; más concretamente, se somete a su consideración si es necesario tener reconocido un porcentaje que de derecho a una pensión de jubilación del 100% de la base reguladora de la prestación de jubilación reconocida, o si es posible tenerla reconocida con un porcentaje inferior y posteriormente alcanzar ese porcentaje del 100% con las cotizaciones efectuadas por los trabajos posteriores a la jubilación.

Dictamina el Alto Tribunal que, siendo la finalidad última de la conocida como jubilación activa la de incentivar el trabajo más allá de la edad de jubilación, esta posibilidad de compatibilizar trabajo y pensión solo es posible cuando se ha alcanzado el porcentaje del 100% de cotización, y al objeto de poder mejorar la pensión máxima reconocida, ya que entender lo contrario supondría contrariar esta finalidad de mejorar, que solo se concede a quienes acreditando el máximo periodo de cotización se jubilan y siguen trabajando, lo que implica negar que quienes no reúnen el máximo periodo de cotización puedan alcanzarlo con cotizaciones posteriores a la jubilación, puesto que de ser posible se estaría discriminando favorablemente a quienes cotizaron menos.

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